Después de mucho trabajo y esfuerzo, y ante la negativa del gobierno de proporcionar acceso al borrador de la Ley de Transparencia, Access Info ha conseguido acceso mediante una filtración al anteproyecto de la Ley. Dejando a un lado la paradoja de que haya sido casi imposible acceder a un texto que está en proceso de creación y que habla de transparencia, es el momento de hacer llegar al Gobierno el feedback que cada uno considere.

Para ello Access Info ha puesto en marcha una consulta pública (algo que debería hacer el propio Gobierno). También han realizado un análisis del texto. Las principales conclusiones:

La Ley afectará a muy poca información por lo que no podrá ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Oficiales. A pesar de contener muchos puntos positivos, la ley contiene graves defectos:

  • Una definición muy limitada de Información: El peor problema es sin duda la limitada definición de información, que excluye un gran volumen de información necesaria para asegurar la participación pública en la toma de decisiones y para poder mantener un rendimiento de cuentas del gobierno.
  • Alcance: El alcance de la ley solo afecta al nivel administrativo. Se excluyen de los poderes judicial y legislativo todo lo que no son funciones administrativas e incluso se excluye parte de estas si quedan recogidas por leyes específicas. Entre otros órganos, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, o el Consejo General del Poder Judicial quedan excluidos del alcance de esta ley.
  • Plazos muy largos: El plazo que tienen las instituciones públicas para contestar es de 30 días, con posibilidad de ser extendido otros 30 días; un plazo largo teniendo en cuenta que en Europa la media es de 15 días hábiles. Por otro lado el ciudadano solo tiene 10 para recurrir un silencio administrativo.
  • El derecho a recurrir es limitado: Los solicitantes no tienen la posibilidad de recurrir al mismo órgano que les denegó la información, a pesar de ser este un requisito establecido en el Convenio del Consejo de Europa. Este sistema desembocará en una sobrecarga para la Agencia de Protección de datos y Acceso a la Información, que además tendrá silencio administrativo negativo que se hará efectivo tras dos meses sin respuesta.
  • No es un derecho fundamental: La ley no establece el derecho de acceso a la información como un derecho fundamental aunque este esté reconocido como derecho fundamental comunitario por el Tratado de Lisboa, además la ley no menciona el reconocimiento de este derecho por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Access Info Europe considera que estos defectos, sobre todo el alcance de la futura ley y otros problemas técnicos como el hecho de que no todos los órganos públicos deben atender las solicitudes de información, impedirán a España ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Oficiales. </ul> </blockquote>

Podéis leer el anteproyecto publicado por Access Info en su página, y acceder y participar en la consulta pública. Las respuestas serán enviadas al Gobierno.